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Persona con movilidad reducida (PMR): qué significa y qué derechos tiene
«Persona con movilidad reducida», abreviado PMR, es la expresión que usan las normas europeas de transporte para quien tiene más difícil usar un avión, un tren o la calle. No es solo quien va en silla de ruedas: el reglamento europeo de los vuelos incluye la discapacidad sensorial o locomotriz, permanente o temporal, la intelectual y la edad (Reglamento (CE) 1107/2006, artículo 2, letra a). Esta guía explica qué dice exactamente la definición, quién entra en ella y qué derechos da: la asistencia gratuita en aeropuertos y trenes, con el aviso que conviene dar antes, la plaza de aparcamiento reservada y el aseo accesible, con sus medidas. Son las normas de la Unión Europea, de España y, donde usa la misma expresión, de Argentina, con el artículo del que sale cada dato.
Esta guía resume las normas citadas; no es asesoría legal. Para un viaje, una obra o un reclamo, la referencia es el texto oficial vigente y la normativa de tu ciudad.
Qué significa movilidad reducida
Movilidad reducida no es un diagnóstico ni un grado de discapacidad. Es una manera de describir una situación: la de una persona a la que algo, sea una discapacidad o la edad, le hace más difícil moverse por el transporte o por la ciudad, y que por eso necesita que el servicio se adapte a ella. Los dos reglamentos europeos de esta guía la escriben junto a «persona con discapacidad», en una sola definición para las dos expresiones.
El Reglamento (CE) 1107/2006, el de los derechos en el transporte aéreo, la define así: toda persona cuya movilidad para utilizar el transporte se halle reducida por motivos de discapacidad física (sensorial o locomotriz, permanente o temporal), discapacidad o deficiencia intelectual, o cualquier otra causa de discapacidad, o por la edad, y cuya situación requiera una atención adecuada y la adaptación a sus necesidades del servicio que se ofrece a los demás pasajeros (Reglamento (CE) 1107/2006, artículo 2, letra a).
El Reglamento (UE) 2021/782, el de los viajeros de tren, usa una fórmula más reciente: toda persona con una deficiencia física, mental, intelectual o sensorial, permanente o temporal, que al encontrarse con distintas barreras puede tener obstaculizado el uso pleno del transporte en igualdad con los demás viajeros, o cuya movilidad para usar el transporte se halla reducida por la edad (Reglamento (UE) 2021/782, artículo 3, punto 21).
PMR es solo la sigla. En los textos que cita esta guía se escribe la expresión completa, y lo que en la calle se llama «plaza PMR» o «aseo PMR» es, en la norma española, la plaza de aparcamiento reservada para personas con movilidad reducida (Orden TMA/851/2021, artículo 35) y la cabina de aseo público accesible (Orden TMA/851/2021, artículo 34).
Quién es una persona con movilidad reducida
Leídas juntas, las dos definiciones europeas incluyen a mucha más gente de la que se piensa. Según esos textos, entran:
- Quien usa silla de ruedas, muletas, bastón o andador, por una discapacidad locomotriz.
- Quien la tiene por un tiempo: las dos definiciones dicen «permanente o temporal», así que entra quien lleva una pierna escayolada o se recupera de una operación.
- Las personas ciegas, con baja visión o sordas, porque la discapacidad sensorial está nombrada en las dos.
- Las personas con discapacidad intelectual, y en la de los trenes también con una deficiencia mental.
- Las personas mayores, cuando la edad reduce su movilidad para usar el transporte.
| Norma | Quién entra | Fuente |
|---|---|---|
| Vuelos en la Unión Europea | discapacidad física (sensorial o locomotriz, permanente o temporal), intelectual o de otra causa, o la edad, cuando la situación requiere que el servicio se adapte | Reglamento (CE) 1107/2006, artículo 2, letra a |
| Trenes en la Unión Europea | deficiencia física, mental, intelectual o sensorial, permanente o temporal, que con las barreras dificulta usar el transporte, o la edad | Reglamento (UE) 2021/782, artículo 3, punto 21 |
| Plazas reservadas en la vía pública de España | las personas titulares de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad | Orden TMA/851/2021, artículo 35, apartado 1 |
| Argentina | el decreto usa la expresión para las personas a las que se destinan sus medidas: baños públicos accesibles y módulos de estacionamiento especial | Decreto 914/1997, anexo I, artículo 20, A.3 y A.4 |
La diferencia importa en la práctica. Para pedir asistencia en un avión o en un tren, las definiciones de los dos reglamentos no piden un certificado ni un porcentaje de discapacidad: miran si tu movilidad para usar el transporte está reducida. Para aparcar en una plaza reservada de la vía pública española, en cambio, lo que cuenta es ser titular de la tarjeta de estacionamiento (Orden TMA/851/2021, artículo 35, apartado 1).
En esta guía solo están las normas que leímos para este tema. Las medidas de otros países, como México, Chile, Perú o Colombia, están en las guías de cada elemento, por ejemplo la del estacionamiento para discapacitados o la del baño accesible.
Asistencia en el aeropuerto: el aviso de 48 horas
En los vuelos comerciales que salen de un aeropuerto de la Unión Europea, llegan a él o pasan por él (Reglamento (CE) 1107/2006, artículo 1, apartado 2), el aeropuerto tiene que darte la asistencia que necesitas para tomar tu vuelo, y la compañía aérea, la que corresponde a bordo, las dos sin cargo adicional (Reglamento (CE) 1107/2006, artículos 8, apartado 1, y 10). Para tenerla asegurada, hay que avisar.
| Qué | Lo que dice el reglamento | Fuente |
|---|---|---|
| Aviso previo | comunica tus necesidades a la compañía aérea, a su agente o al operador turístico al menos 48 horas antes de la hora de salida publicada; el mismo aviso vale para la vuelta si los dos vuelos son de la misma compañía | Reglamento (CE) 1107/2006, artículo 7, apartado 1 |
| Dónde avisar | la compañía, su agente o el operador turístico tienen que poder recibir el aviso en todos sus puntos de venta de la Unión, también por teléfono e internet | Reglamento (CE) 1107/2006, artículo 6, apartado 1 |
| Sin aviso | el aeropuerto hace todos los esfuerzos razonables para que puedas tomar el vuelo | Reglamento (CE) 1107/2006, artículo 7, apartado 3 |
| A qué hora llegar | a la facturación, a la hora fijada por escrito o, si no hay hora, una hora antes de la salida publicada; a un punto de llegada designado del aeropuerto, a la hora fijada o, si no hay hora, dos horas antes | Reglamento (CE) 1107/2006, artículo 7, apartado 4 |
| Puntos de llegada | el aeropuerto designa y señaliza puntos, dentro y fuera de la terminal, donde anuncias que llegaste y pides la asistencia | Reglamento (CE) 1107/2006, artículo 5 |
| Perro guía | se admite si avisaste antes de su presencia, según la normativa nacional del transporte de perros guía a bordo | Reglamento (CE) 1107/2006, artículo 7, apartado 2 |
| Silla de ruedas dañada | si se pierde o se daña tu silla u otro equipo de movilidad en el aeropuerto o a bordo, te indemnizan según el derecho internacional, europeo y nacional | Reglamento (CE) 1107/2006, artículo 12 |
La compañía, su agente o el operador turístico solo pueden negarse a aceptar tu reserva o a embarcarte por tu movilidad reducida para cumplir requisitos de seguridad fijados por la legislación internacional, europea o nacional, o por la autoridad que emitió el certificado de operador aéreo de la compañía, o porque el tamaño del avión o de sus puertas lo hace físicamente imposible; en esos mismos casos de seguridad pueden pedir que viajes con un acompañante, y si se acogen a esas excepciones tiene que darte los motivos por escrito (Reglamento (CE) 1107/2006, artículo 4, apartados 1, 2 y 4). Si crees que no se cumplió el reglamento, el reclamo va primero al aeropuerto o a la compañía, y después al organismo que designó cada país (Reglamento (CE) 1107/2006, artículo 15).
En España, el Real Decreto 1544/2007 suma condiciones para los aeropuertos: rutas accesibles entre el aparcamiento, los puntos de llegada, la facturación y el avión, y un sistema de intercomunicación entre algunas plazas de aparcamiento reservadas y los puntos de llegada (Real Decreto 1544/2007, artículo 4 y anexo III, apartados 1.2 a 1.4). La compañía, si se lo pides, te informa de los asientos y aseos accesibles a bordo y de si se puede guardar la silla de ruedas en la cabina (Real Decreto 1544/2007, anexo III, apartado 2.2). El viaje completo en avión, con lo que pide la norma de EE. UU., está en la guía de turismo accesible.
Asistencia en el tren: el aviso de 24 horas
El Reglamento (UE) 2021/782 se aplica desde el 7 de junio de 2023 (Reglamento (UE) 2021/782, artículo 41) a los viajes en tren nacionales e internacionales de toda la Unión (Reglamento (UE) 2021/782, artículo 2, apartado 1). Cada país puede eximir de parte del reglamento a algunos servicios urbanos, suburbanos y regionales, pero no del derecho al transporte ni del derecho a la información de las personas con movilidad reducida (Reglamento (UE) 2021/782, artículo 2, apartado 8).
| Qué | Lo que dice el reglamento | Fuente |
|---|---|---|
| Billete | reservas y billetes sin coste adicional; no pueden negarse a venderte un billete ni exigir que viajes acompañado, salvo que sea estrictamente necesario según sus normas de acceso | Reglamento (UE) 2021/782, artículo 21, apartado 2 |
| Asistencia | gratuita, en las estaciones con personal, para subir al tren, enlazar con otro tren para el que tengas billete o bajar; si avisaste, tienen que prestarte la asistencia que pediste | Reglamento (UE) 2021/782, artículo 23, apartado 1, letra e |
| Aviso previo | al menos 24 horas antes de que necesites la asistencia, a quien te vendió el billete; basta un aviso por viaje y no cuesta nada, sea cual sea el medio. El reglamento dejaba a cada país ampliar ese plazo a 36 horas, pero no más allá del 30 de junio de 2026 | Reglamento (UE) 2021/782, artículo 24, letra a |
| A qué hora llegar | al lugar designado, a la hora que te fijen, que no puede ser más de 60 minutos antes de la salida; si no te fijaron hora, al menos 30 minutos antes | Reglamento (UE) 2021/782, artículo 24, letra e |
| Sin aviso | la empresa y la estación hacen cuanto razonablemente puedan para que hagas el viaje | Reglamento (UE) 2021/782, artículo 24, letra c |
| Acompañantes y perros | el asistente personal puede viajar con tarifa especial o gratis; si la empresa exige un acompañante, viaja gratis; el perro de asistencia viaja contigo según la ley de cada país | Reglamento (UE) 2021/782, artículo 23, apartado 1, letras a, b y c |
| Silla de ruedas dañada | si la pierden o la dañan, pagan la reparación o la sustitución sin demora indebida, y mientras tanto hacen lo razonable para darte una de reemplazo | Reglamento (UE) 2021/782, artículo 25, apartados 1 y 2 |
En España, el Real Decreto 1544/2007 pide además que la entidad que presta la asistencia en las estaciones y la empresa del tren acuerden cómo ayudar a subir y bajar a todo usuario de silla de ruedas, con dignidad y seguridad (Real Decreto 1544/2007, anexo I, apartado 2.5), y que en los trenes sin reserva de asiento al menos el 10 % de los asientos sean prioritarios para personas con discapacidad (Real Decreto 1544/2007, anexo I, apartado 3.2). Si un medio de transporte solo tiene plazas preferentes en la clase superior, la persona con discapacidad puede usarlas pagando el billete de la clase inferior (Real Decreto 1544/2007, anexo IX, apartado 10).
Autobús, metro y taxi en España
- Autobús urbano de piso bajo. Al menos cuatro asientos cerca de la puerta, reservados para personas con movilidad reducida que no usan silla de ruedas y señalados con un pictograma, con asideros y un pulsador de parada al alcance; el autobús lleva rampa motorizada o elevador y sistema de inclinación (Real Decreto 1544/2007, anexo V, apartado 2.1.2, letras i y k).
- Metro y tranvía. Al menos dos asientos por coche, cerca de la puerta, reservados para personas con discapacidad que no usan silla de ruedas (Real Decreto 1544/2007, anexo VI, apartado 3.4).
- Taxi. Los ayuntamientos promueven que al menos el 5 % de las licencias de taxi sean de vehículos adaptados, que atienden con prioridad a las personas con discapacidad (Real Decreto 1544/2007, artículo 8, apartados 1 y 2).
- En las estaciones. Donde su tamaño lo permita, un servicio de atención formado para acompañar a las personas con discapacidad, darles información y ayudarlas con el billete; en las instalaciones de transporte interurbano, sillas de ruedas para el tránsito por ellas (Real Decreto 1544/2007, anexo IX, apartados 2 y 5.1).
Plaza de aparcamiento reservada: medidas
| Qué | Lo que pide la norma | Fuente |
|---|---|---|
| Cuántas | en los principales centros de actividad de las ciudades, al menos una de cada cuarenta plazas o fracción, sin contar las de residencia o trabajo | Orden TMA/851/2021, artículo 35, apartado 1 |
| Para quién | las personas titulares de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad | Orden TMA/851/2021, artículo 35, apartado 1 |
| Dónde | lo más cerca posible de un cruce con el itinerario peatonal accesible; si no, con un vado de 1,20 m de ancho libre como mínimo | Orden TMA/851/2021, artículo 35, apartado 2 |
| En batería o en diagonal | 5,00 × 2,20 m como mínimo, con una zona de transferencia lateral del largo de la plaza y 1,50 m de ancho, y 3,00 m libres en la acera de atrás | Orden TMA/851/2021, artículo 35, apartado 3 |
| En línea | 5,00 × 2,20 m como mínimo, con una zona libre detrás de 3,00 m de largo y, en la acera lateral, una franja sin obstáculos de 1,50 m de ancho | Orden TMA/851/2021, artículo 35, apartado 4 |
| Señal | horizontal y vertical, con el símbolo de accesibilidad para la movilidad | Orden TMA/851/2021, artículo 35, apartado 5 |
La zona de transferencia es lo que hace útil a la plaza: es el espacio para abrir la puerta del todo y pasar a la silla de ruedas, o para bajar una rampa por detrás. Si está ocupada por otro coche o por una moto, la plaza deja de servir aunque esté bien pintada.
En Argentina, el Decreto 914/97 pide en los estacionamientos descubiertos módulos de estacionamiento especial de 6,50 m de largo por 3,50 m de ancho, uno por cada 50 módulos comunes, para los autos que transportan personas con movilidad reducida o que ellas conducen, lo más cerca posible de los accesos (Decreto 914/1997, anexo I, artículo 20, A.4). Las medidas de otros países y de los aparcamientos de edificios están en la guía del estacionamiento para discapacitados, y la señal, en la del símbolo de accesibilidad.
Aseo PMR: las medidas de la cabina accesible
| Qué | Lo que pide la norma | Fuente |
|---|---|---|
| Cuántas | donde se instalen cabinas de aseo público, al menos una de cada diez o fracción de cada agrupación | Orden TMA/851/2021, artículo 34, apartado 1 |
| Fuera | conectada con el itinerario peatonal accesible, con un indicador visual y sonoro o háptico de libre u ocupado, y un círculo libre de 1,50 m delante de la puerta | Orden TMA/851/2021, artículo 34, apartado 2, letra a |
| Puerta | acceso a nivel, sin escalones; abatible hacia fuera o corredera, de 80 cm de paso libre, que se pueda abrir desde fuera en una emergencia | Orden TMA/851/2021, artículo 34, apartado 2, letra b |
| Espacio de giro | un círculo de 1,50 m junto a la puerta, en toda la altura; la cabina mide 2,20 m de alto como mínimo | Orden TMA/851/2021, artículo 34, apartado 3, letra a |
| Inodoro | asiento a 45–50 cm, con apoyo para la espalda; espacio lateral de transferencia de 80 × 120 cm | Orden TMA/851/2021, artículo 34, apartado 3, letra d |
| Barras | una fija junto a la pared y una abatible junto al espacio de transferencia, a 70–75 cm de alto, separadas 65–70 cm y de 70 cm de largo como mínimo | Orden TMA/851/2021, artículo 34, apartado 3, letra d |
| Lavabo | espacio libre debajo de 70 × 80 × 50 cm (alto, ancho y fondo) y la cara superior a 85 cm como máximo | Orden TMA/851/2021, artículo 34, apartado 3, letra c |
| Mecanismos | pulsadores grandes o palancas, entre 0,70 y 1,20 m de alto; el espejo, con el borde inferior a 90 cm como máximo | Orden TMA/851/2021, artículo 34, apartado 3, letra f |
| Llamada de auxilio | un sistema que se pueda accionar con facilidad desde cualquier punto del aseo | Orden TMA/851/2021, artículo 34, apartado 3, letra g |
En las estaciones de tren de España. En las de más de 750 viajeros al día con aseos, al menos una cabina de cada grupo tiene que tener una puerta de 80 cm de paso libre para usuarios de silla de ruedas; en las de más de 1.000 viajeros al día y en las de capitales de provincia, además, todos los aseos tienen señales sonoras y luminosas de emergencia (Real Decreto 1544/2007, anexo I, apartados 1 y 1.4). En Argentina, los servicios sanitarios públicos tienen que poder usarlos las personas con movilidad reducida (Decreto 914/1997, anexo I, artículo 20, A.3).
El baño accesible de edificios, país por país, está en la guía del baño accesible, y la altura y el largo de cada barra, en barras de apoyo. Todo lo que pide la orden en la calle está resumido en la guía de la Orden TMA/851/2021.
Saber antes de ir: los lugares accesibles en Braillito Maps
Los derechos de esta guía terminan en la puerta del aeropuerto o de la estación. Después están el hotel, el restaurante y la farmacia, y ahí la pregunta es otra: si se puede entrar y si hay un baño que sirva. Braillito Maps es un mapa comunitario que describe cada lugar con una lista de diez criterios: rampa o acceso a nivel, puerta ancha, baño adaptado, estacionamiento accesible, piso podotáctil, señalética en braille, menú en braille, señales sonoras, perros guía bienvenidos y ambiente tranquilo.
Antes de salir, en la pestaña Buscar, elige la ciudad y filtra por lo que necesitas. Para una persona con movilidad reducida suelen ser cuatro: rampa o acceso a nivel para entrar, puerta ancha para pasar con la silla o el andador, baño adaptado y estacionamiento accesible si vas en coche. Cada respuesta es Sí, No o sin dato, y el puntaje del lugar es la cantidad de Sí sobre diez.
Si estuviste ahí, responde solo lo que viste y cuenta en tu reseña lo que la lista no dice, como si la plaza reservada estaba ocupada o si el baño tenía barras. Braillito Maps no certifica que un lugar cumpla una norma: registra lo que encontró quien estuvo ahí, para que la próxima persona sepa antes de ir. Conoce Braillito Maps.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa PMR?
Persona con movilidad reducida. Según el reglamento europeo de los vuelos, es toda persona cuya movilidad para usar el transporte está reducida por motivos de discapacidad física (sensorial o locomotriz, permanente o temporal), discapacidad o deficiencia intelectual, o cualquier otra causa de discapacidad, o por la edad (Reglamento (CE) 1107/2006, artículo 2, letra a).
¿Una persona mayor es una persona con movilidad reducida?
Puede serlo. Las dos definiciones europeas incluyen a quien tiene la movilidad para usar el transporte reducida por la edad (Reglamento (CE) 1107/2006, artículo 2, letra a; Reglamento (UE) 2021/782, artículo 3, punto 21).
¿Una lesión temporal cuenta como movilidad reducida?
Sí, en las definiciones europeas: las dos dicen «permanente o temporal» (Reglamento (CE) 1107/2006, artículo 2, letra a; Reglamento (UE) 2021/782, artículo 3, punto 21).
¿Con cuánta antelación pido asistencia en el aeropuerto?
Al menos 48 horas antes de la hora de salida publicada, a la compañía aérea, a su agente o al operador turístico (Reglamento (CE) 1107/2006, artículo 7, apartado 1). Sin aviso, el aeropuerto hace todos los esfuerzos razonables para que tomes el vuelo (Reglamento (CE) 1107/2006, artículo 7, apartado 3).
¿Y en el tren?
Al menos 24 horas antes de que necesites la asistencia, a quien te vendió el billete; basta un aviso por viaje y no cuesta nada (Reglamento (UE) 2021/782, artículo 24, letra a).
¿Cuánto mide una plaza de aparcamiento PMR?
En la vía pública de España, 5,00 × 2,20 m como mínimo, más una zona de transferencia: lateral, de 1,50 m de ancho, en las plazas en batería o en diagonal, y trasera, de 3,00 m, en las plazas en línea (Orden TMA/851/2021, artículo 35, apartados 3 y 4). En los estacionamientos descubiertos de Argentina, 6,50 × 3,50 m (Decreto 914/1997, anexo I, artículo 20, A.4).
Más guías de accesibilidad
- Turismo accesible: qué revisar antes de viajar: tus derechos en el avión, las habitaciones accesibles del hotel y lo que dice la ley.
- Estacionamiento para discapacitados: medidas, cantidad de lugares reservados y señalización, por país.
- Baño accesible: medidas de un baño para personas con discapacidad: inodoro, barras, lavabo y espacio de giro.
- Barras de apoyo: altura, largo, diámetro y separación de la pared de las barras de apoyo del baño accesible, país por país.
- Símbolo de accesibilidad: qué significa el símbolo de la silla de ruedas, dónde es obligatorio y qué otros símbolos hay.
- Orden TMA/851/2021: espacio público: lo que exige la norma española de accesibilidad en calles, plazas, parques y playas: aceras, rampas, cruces, aseos, aparcamiento y pavimento táctil.
- Barreras arquitectónicas: diez ejemplos comunes y la medida con la que la norma los resuelve.
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Fuentes
Cada cifra de esta guía sale de uno de estos textos oficiales, que leímos en octubre de 2026.
- Reglamento (CE) n.º 1107/2006 sobre los derechos de las personas con discapacidad o movilidad reducida en el transporte aéreo. Parlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea, DO L 204 de 26.7.2006, de 5 de julio de 2006; aplicable desde el 26 de julio de 2008, y sus artículos 3 y 4 desde el 26 de julio de 2007.
- Reglamento (UE) 2021/782 sobre los derechos y las obligaciones de los viajeros de ferrocarril. Parlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea, DO L 172 de 17.5.2021, de 29 de abril de 2021; aplicable desde el 7 de junio de 2023.
- Orden TMA/851/2021, documento técnico de accesibilidad de los espacios públicos urbanizados. BOE núm. 187, 6 de agosto de 2021 (España), texto consolidado, última actualización del 3 de septiembre de 2026.
- Decreto 914/1997, reglamentación de los artículos 20, 21 y 22 de la Ley 22.431 (modificados por la Ley 24.314). Presidencia de la Nación (Argentina), texto original de 1997.
- Real Decreto 1544/2007, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad. BOE núm. 290, 4 de diciembre de 2007 (España), texto consolidado, última actualización publicada el 22 de marzo de 2023.
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En Braillito Maps, cada lugar responde diez preguntas. Una es el baño adaptado: si hay un baño pensado para personas con movilidad reducida. Lo completan las personas que lo necesitan, y cada lugar queda con un puntaje sobre diez.
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