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Barreras arquitectónicas: qué son, 10 ejemplos y cómo se resuelven

Una barrera arquitectónica es cualquier elemento construido que impide o dificulta que una persona entre a un lugar, se mueva por él o lo use: un escalón en la entrada, una puerta angosta, un baño sin espacio para girar. Casi todas tienen una solución con medidas conocidas, que fijan las normas de accesibilidad.

Esta guía resume las normas citadas; no es asesoría legal. Para una obra o un reclamo, la referencia es el texto oficial vigente y la normativa de tu ciudad.

Qué es una barrera arquitectónica

En Colombia, la norma llama barreras físicas a las trabas, irregularidades y obstáculos físicos que limitan o impiden el movimiento de las personas, y barreras arquitectónicas a los impedimentos para desplazarse que se presentan dentro de los edificios (Decreto 1538 de 2005, artículo 2). La ley de inclusión colombiana agrega las barreras actitudinales y las comunicativas (Ley 1618 de 2013, artículo 2, numeral 5).

La Convención de la ONU pide a los países identificar y eliminar los obstáculos y las barreras de acceso en edificios, calles, transporte e información (Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, artículo 9).

10 barreras comunes y cómo se resuelven

  1. Un escalón en la entrada. Se resuelve con una rampa o con un acceso a nivel. En los edificios de España, un itinerario accesible no admite escalones: los desniveles se salvan con rampa o ascensor accesible (CTE DB SUA, anejo A); en Perú, si hay diferencia de nivel en el ingreso, además de la escalera tiene que haber rampa o un medio mecánico (Norma A.120, artículo 4). Las medidas están en la guía de rampas.
  2. Un umbral o un desnivel pequeño. En Perú, un desnivel de hasta 6 mm puede ser vertical, de 6 a 13 mm tiene que estar biselado y de más de 13 mm se resuelve con rampa (Norma A.120, artículo 5); en EE. UU., las cifras son 1/4 de pulgada (6,4 mm) y 1/2 pulgada (13 mm) (Normas ADA de 2010, 303); en Argentina, el umbral de una puerta de entrada mide 0,02 m como máximo (Decreto 914/1997, A.1.3.4).
  3. Una puerta angosta. El paso libre mínimo es de 0,80 m en los edificios de España (CTE DB SUA, anejo A) y en Argentina (Decreto 914/1997, A.1.3.1), de 0,90 m en las puertas de ingreso en Chile (OGUC, artículo 4.1.7, numeral 4), de 1,00 m de vano en los ingresos de Perú (Norma A.120, artículo 4) y de 32 pulgadas (815 mm) en EE. UU. (Normas ADA de 2010, 404.2.3). Cómo se mide, país por país, en la guía de la puerta para discapacitados.
  4. Una puerta pesada o con pomo. En España, los mecanismos van entre 0,80 y 1,20 m, son de presión o de palanca y se usan con una sola mano, y una puerta de salida se abre con 25 N como máximo (CTE DB SUA, anejo A); en Argentina, con 36 N las exteriores y 22 N las interiores (Decreto 914/1997, A.1.3.2.2). La manija y la fuerza de cada país están en la guía de la puerta accesible.
  5. Una puerta giratoria como única entrada. En Argentina no se permite como único acceso (Decreto 914/1997, A.1.3.9); en Chile, al lado tiene que haber una puerta de abatir (OGUC, artículo 4.1.7, numeral 4).
  6. Un pasillo estrecho. En los edificios de España, 1,20 m de ancho libre (1,10 m en las zonas comunes de viviendas) (CTE DB SUA, anejo A); en Chile, 1,50 m en los pasillos que llevan a recintos de atención de público (OGUC, artículo 4.1.7, numeral 1); en Perú, 0,90 m como mínimo (Norma A.120, artículo 5). El ancho y el giro de cada país están en pasillo accesible.
  7. Un baño sin espacio para girar. España, Chile y Perú piden un círculo libre de 1,50 m de diámetro (CTE DB SUA, anejo A; OGUC, artículo 4.1.7, numeral 6; Norma A.120, artículo 13). Todas las medidas, en la guía del baño accesible.
  8. Un mostrador alto. En los edificios de España, un tramo de 0,80 m de ancho a 0,85 m de alto como máximo, con espacio libre debajo de 70 × 80 × 50 cm (CTE DB SUA, anejo A); en Argentina, un sector de 0,75 m de ancho a 0,80 m de alto (Decreto 914/1997, A.1.6). Los demás países están en mostrador accesible.
  9. Rejillas en las que se traba una rueda o un bastón. En Perú, el espaciado no deja pasar una esfera de 13 mm y las platinas van perpendiculares a la marcha (Norma A.120, artículo 5); en Chile, las separaciones miden 1,5 cm como máximo (OGUC, artículo 2.2.8, numeral 8).
  10. Carteles que solo se ven. Se resuelve con braille y relieve: en el espacio público de España, los rótulos al alcance de la mano llevan braille (Orden TMA/851/2021, artículo 44); en Perú, los carteles con número de piso y nombre de ambientes también (Norma A.120, artículo 29). Más en la guía de señalética braille.

Barreras que no son de obra

Un lugar puede tener rampa y aun así no ser accesible: si el personal no deja entrar a una persona con su perro guía, si la información está solo en un cartel impreso o si el baño adaptado se usa como depósito.

Son las barreras actitudinales y comunicativas de la ley colombiana (Ley 1618 de 2013, artículo 2, numeral 5). Sobre el acceso con perro guía, mira la guía del perro guía.

Preguntas frecuentes

¿Qué es una barrera arquitectónica?

Un impedimento construido que dificulta que una persona se desplace o use un edificio, como un escalón, una puerta angosta o un baño sin espacio de giro. La norma colombiana la define como el impedimento para desplazarse que se presenta dentro de las edificaciones (Decreto 1538 de 2005, artículo 2).

¿Qué diferencia hay entre barreras físicas y arquitectónicas?

En la norma colombiana, las barreras físicas son todos los obstáculos físicos que limitan el movimiento, en la calle o en un edificio; las arquitectónicas son las que se presentan dentro de las edificaciones (Decreto 1538 de 2005, artículo 2).

¿Cuáles son ejemplos de barreras arquitectónicas?

Escalones sin rampa, umbrales altos, puertas angostas o pesadas, puertas giratorias como única entrada, pasillos estrechos, baños sin espacio de giro, mostradores altos, rejillas en el piso y carteles sin braille.

¿Qué ancho mínimo debe tener una puerta accesible?

Depende del país: 0,80 m de paso libre en los edificios de España (CTE DB SUA, anejo A) y 32 pulgadas (815 mm) en EE. UU. (Normas ADA de 2010, 404.2.3). Las medidas de cada país, con la manija y el umbral, están en la guía de la puerta para discapacitados.

Más guías de accesibilidad

  • Puerta accesible: el ancho libre de paso, el espacio a cada lado, la manija y la fuerza de apertura de una puerta accesible, comparados por país.
  • Pasillo accesible: el ancho libre de un pasillo, el espacio para girar en silla de ruedas y el lugar para que dos personas se crucen, comparados por país.
  • Mostrador accesible: altura, largo y espacio para las rodillas del mostrador o la ventanilla de atención, país por país.
  • Rampa para discapacitados: pendiente máxima, ancho, descansos y pasamanos de una rampa accesible, por país.
  • Baño accesible: medidas de un baño para personas con discapacidad: inodoro, barras, lavabo y espacio de giro.
  • Accesibilidad universal: qué es, qué dicen las leyes y cómo se ve en la ciudad.
  • Señalética braille: dónde van los carteles en braille, a qué altura y qué deben decir.
  • Todas las guías de accesibilidad

Fuentes

Cada cifra de esta guía sale de uno de estos textos oficiales, que leímos en octubre de 2026.

  1. Decreto 1538 de 2005, accesibilidad al medio físico (compilado en el Decreto 1077 de 2015). Diario Oficial 45.913 (Colombia), en el normograma del Ministerio TIC, 17 de mayo de 2005.
  2. Código Técnico de la Edificación, Documento Básico SUA (Seguridad de utilización y accesibilidad). Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (España), versión con las modificaciones del Real Decreto 450/2022.
  3. 2010 ADA Standards for Accessible Design. U.S. Department of Justice, publicadas el 15 de septiembre de 2010; obligatorias en obras nuevas desde el 15 de marzo de 2012.
  4. Ley Estatutaria 1618 de 2013, para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad. Diario Oficial 48717 (Colombia), en el Gestor Normativo de Función Pública, 27 de febrero de 2013.
  5. Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. Naciones Unidas, abierta a la firma desde el 30 de marzo de 2007.
  6. Norma Técnica A.120 «Accesibilidad universal en edificaciones» del Reglamento Nacional de Edificaciones. Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (Perú), Resolución Ministerial 075-2023-VIVIENDA, El Peruano, 17 de febrero de 2023.
  7. Decreto 914/1997, reglamentación de los artículos 20, 21 y 22 de la Ley 22.431 (modificados por la Ley 24.314). Presidencia de la Nación (Argentina), texto original de 1997.
  8. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), Decreto 47 de 1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, última versión, vigente desde el 2 de octubre de 2026.
  9. Orden TMA/851/2021, documento técnico de accesibilidad de los espacios públicos urbanizados. BOE núm. 187, 6 de agosto de 2021 (España), texto consolidado, última actualización del 3 de septiembre de 2026.

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En Braillito Maps, cada lugar responde diez preguntas. Una es la puerta ancha: si la entrada deja pasar una silla de ruedas. Lo completan las personas que lo necesitan, y cada lugar queda con un puntaje sobre diez.

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