Braillito Maps · Calculadora
Calculadora de rampa accesible
Escribe la altura que tiene que salvar la rampa y elige la norma: la calculadora te da el largo mínimo, la pendiente máxima, cuántos tramos y descansos necesita, el ancho mínimo y si lleva pasamanos, con el artículo del que sale cada cifra. Tiene las normas de España, Argentina, Chile, Perú y EE. UU.
Esta calculadora orienta: hace la cuenta con las cifras de la norma que elijas y te muestra de dónde sale cada una. No reemplaza a la norma ni a un proyecto. La norma vigente en tu ciudad y el profesional a cargo de la obra son los que deciden.
Calcula tu rampa
La calculadora necesita JavaScript. Sin él, las tablas de cada norma están más abajo, en «La norma de cada país, en una tabla».
Cuánto mide una rampa según la altura
El largo mínimo para algunas alturas frecuentes, con los descansos entre tramos incluidos. En Argentina, una rampa exterior.
| Altura | España (CTE) | Argentina (exterior) | Chile (OGUC) | Perú (A.120) | EE. UU. (ADA) |
|---|---|---|---|---|---|
| 10 cm | 1,00 m, pendiente 10 % | 1,00 m, pendiente 1:10 (10 %) | 0,84 m, pendiente 12 % | 1,00 m, pendiente 10 % | 1,20 m, pendiente 1:12 (8,33 %) |
| 15 cm | 1,50 m, pendiente 10 % | 1,50 m, pendiente 1:10 (10 %) | 1,25 m, pendiente 12 % | 1,50 m, pendiente 10 % | 1,80 m, pendiente 1:12 (8,33 %) |
| 20 cm | 2,00 m, pendiente 10 % | 2,41 m, pendiente 1:12 (8,33 %) | 1,69 m, pendiente 11,9 % | 2,00 m, pendiente 10 % | 2,40 m, pendiente 1:12 (8,33 %) |
| 30 cm | 3,75 m, pendiente 8 % | 3,75 m, pendiente 1:12,5 (8 %) | 2,64 m, pendiente 11,4 % | 3,00 m, pendiente 10 % | 3,60 m, pendiente 1:12 (8,33 %) |
| 50 cm | 6,50 m en 2 tramos, pendiente 10 % | 9,50 m en 2 tramos, pendiente 1:16 (6,25 %) | 4,92 m, pendiente 10,18 % | 6,25 m, pendiente 8 % | 6,00 m, pendiente 1:12 (8,33 %) |
| 100 cm | 14,50 m en 4 tramos, pendiente 10 % | 24,50 m en 4 tramos, pendiente 1:20 (5 %) | 14,00 m en 2 tramos, pendiente 8 % | 14,00 m en 2 tramos, pendiente 8 % | 13,53 m en 2 tramos, pendiente 1:12 (8,33 %) |
Cómo hace la cuenta
El largo de una rampa es la altura dividida por la pendiente: 15 cm al 10 % son 1,50 m. Lo que cambia de una norma a otra es qué pendiente permite, si depende de la altura o del largo, y cada cuánto pide un descanso. La calculadora mide todo en proyección horizontal, reparte la altura en tramos iguales y suma los descansos entre tramos.
- España. La pendiente depende del largo de cada tramo: 10 % si mide menos de 3 m, 8 % si mide menos de 6 m y 6 % en el resto, con tramos de 9 m como máximo (CTE DB SUA, SUA 1, 4.3.1 y 4.3.2). Los comentarios del Ministerio aclaran que ese largo es el de cada tramo, medido en proyección horizontal (DB SUA con comentarios del Ministerio, SUA 1, 4.3.1). Por eso la calculadora prueba repartos en tramos iguales, con mesetas de 1,50 m entre ellos (CTE DB SUA, SUA 1, 4.3.3), y se queda con el más corto; si hay otro con menos tramos y menos pendiente, también lo muestra.
- Argentina. La pendiente sale de la altura a salvar, con un cuadro para rampas interiores y otro para exteriores, y ningún tramo pasa de 6,00 m sin un descanso de 1,50 m (Decreto 914/1997, A.1.4.2.2.1 a A.1.4.2.2.3). En el texto publicado falta el signo delante del límite inferior de cada rango («0,075 < 0,200»): la calculadora toma cada límite como el comienzo del rango siguiente, y usa la columna de porcentaje, que es la más suave donde no coincide con la proporción (8,33 % frente a 1:12).
- Chile. La pendiente es del 8 % hasta 9 m de largo y sube hasta el 12 % en 1,5 m, según la fórmula i % = 12,8 − 0,5333 L (OGUC, artículo 4.1.7, numeral 2). La calculadora busca el largo más corto que cumple la fórmula; si pasa de 9 m, usa el 8 % y divide la rampa en tramos de largo parecido, como pide el mismo numeral.
- Perú. La pendiente sale de la diferencia de nivel: 10 % hasta 0,30 m y 8 % de 0,31 m a 0,72 m, en rampas de 9,00 m como máximo seguidas de un descanso de 1,50 m (Norma A.120, artículo 6). El cuadro termina en 0,72 m; para más altura, la calculadora mantiene el 8 % y lo dice en el resultado.
- EE. UU. Cada tramo tiene una pendiente de 1:12 como máximo y sube 30 pulgadas (760 mm) como máximo, con descansos de 60 pulgadas (1525 mm) al principio y al final de cada tramo (Normas ADA de 2010, 405.2, 405.6 y 405.7). En edificios existentes sin espacio, la tabla 405.2 permite rampas más empinadas para desniveles de hasta 6 pulgadas (150 mm). La norma está en pulgadas: la calculadora cuenta en pulgadas y pasa a metros con 1 pulgada = 25,4 mm.
Los largos se redondean hacia arriba, al centímetro y a la décima de pulgada, porque son mínimos.
En México, la pendiente máxima según el largo de la rampa está en la guía de la NMX-R-050, con su inciso, si es obligatoria y lo que sabemos de su vigencia. En Colombia, las medidas de las rampas de los edificios abiertos al público están en la norma técnica NTC 4143, que el Decreto 1538 de 2005, artículo 9, parágrafo hace obligatoria pero que no es de acceso público; qué es y dónde encaja está en la guía de la NTC 6047.
La norma de cada país, en una tabla
Lo que dice cada norma sobre una rampa accesible, con el artículo de cada cifra. La calculadora hace la cuenta con estas reglas.
España: Código Técnico de la Edificación (DB SUA)
| Requisito | Qué dice la norma |
|---|---|
| Pendiente máxima | En itinerarios accesibles, 10 % si el tramo mide menos de 3 m, 8 % si mide menos de 6 m y 6 % en el resto (CTE DB SUA, SUA 1, 4.3.1); el largo es el de cada tramo, en proyección horizontal (DB SUA con comentarios del Ministerio, SUA 1, 4.3.1). Pendiente transversal: 2 % como máximo (CTE DB SUA, SUA 1, 4.3.1). |
| Tramos y descansos | Los tramos miden 9 m como máximo, y entre dos tramos en la misma dirección hay una meseta de 1,50 m de largo como mínimo y del ancho de la rampa (CTE DB SUA, SUA 1, 4.3.2 y 4.3.3). |
| Al principio y al final | Una superficie horizontal de 1,20 m de largo como mínimo al principio y al final de cada tramo; ninguna puerta, ni pasillo de menos de 1,20 m de ancho, a menos de 1,50 m del arranque de un tramo (CTE DB SUA, SUA 1, 4.3.2 y 4.3.3). |
| Ancho mínimo | 1,20 m como mínimo en un itinerario accesible, y más si la evacuación del edificio lo exige (CTE DB SUA, SUA 1, 4.3.2). |
| Pasamanos | En ambos lados y continuos, también en las mesetas, si la pendiente es del 6 % o más y la rampa salva más de 18,5 cm; uno a 90–110 cm de altura y otro a 65–75 cm, prolongados 30 cm si el tramo pasa de 3 m, y un zócalo de 10 cm en los bordes libres (CTE DB SUA, SUA 1, 4.3.4). |
Argentina: Decreto 914/1997
En Argentina la pendiente sale de un cuadro, según la altura a salvar y si la rampa es interior o exterior (Decreto 914/1997, A.1.4.2.2.1 y A.1.4.2.2.2):
| Altura a salvar | Rampa interior | Rampa exterior | Descanso según el cuadro |
|---|---|---|---|
| menos de 0,075 m | 1:5 (20 %) | 1:8 (12,5 %) | sin descanso |
| de 0,075 m a menos de 0,200 m | 1:8 (12,5 %) | 1:10 (10 %) | sin descanso |
| de 0,200 m a menos de 0,300 m | 1:10 (10 %) | 1:12 (8,33 %) | sin descanso |
| de 0,300 m a menos de 0,500 m | 1:12 (8,33 %) | 1:12,5 (8 %) | sin descanso |
| de 0,500 m a menos de 0,750 m | 1:12,5 (8 %) | 1:16 (6,25 %) | con descanso |
| de 0,750 m a menos de 1,000 m | 1:16 (6,25 %) | 1:16,6 (6 %) | con descanso |
| de 1,000 m a menos de 1,400 m | 1:16,6 (6 %) | 1:20 (5 %) | con descanso |
| 1,400 m o más | 1:20 (5 %) | 1:25 (4 %) | con descanso |
| Requisito | Qué dice la norma |
|---|---|
| Tramos y descansos | Ningún tramo pasa de 6,00 m en proyección horizontal sin un descanso plano y horizontal de 1,50 m de largo como mínimo, del ancho de la rampa (Decreto 914/1997, A.1.4.2.2.3). |
| Al principio y al final | Al principio y al final, una superficie donde quepa un círculo de 1,50 m de diámetro, libre de obstáculos y del barrido de puertas; y al empezar y terminar cada tramo, un solado de textura y color distintos de 0,60 m de largo (Decreto 914/1997, A.1.4.2.2.3). |
| Ancho mínimo | Entre 1,10 m y 1,30 m libres, medidos entre zócalos; más ancha, con pasamanos intermedios si hay circulación en los dos sentidos (Decreto 914/1997, A.1.4.2.2.3). |
| Pasamanos | En ambos lados, dobles y continuos: el de arriba a 0,90 m y el de abajo a 0,75 m, con 0,15 m entre los dos, prolongados 0,30 m al empezar y al terminar (Decreto 914/1997, A.1.4.2.2.4); zócalos de 0,10 m en los dos lados (Decreto 914/1997, A.1.4.2.2.3). |
Chile: Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC)
| Requisito | Qué dice la norma |
|---|---|
| Pendiente máxima | 8 % hasta 9 m de largo; en 1,5 m de largo puede subir hasta 12 % como máximo, según i % = 12,8 − 0,5333 L, con L el largo de la rampa. Las pendientes de menos del 5 % son planos inclinados (OGUC, artículo 4.1.7, numeral 2). |
| Tramos y descansos | Si pasa de 9 m, la rampa se divide en tramos de largo parecido, con descansos de 1,5 m de largo como mínimo y del ancho de la rampa; en un cambio de dirección, el descanso deja girar en un círculo de 1,50 m (OGUC, artículo 4.1.7, numeral 2). |
| Al principio y al final | Empieza y termina en un plano horizontal del mismo ancho y de 1,50 m de largo como mínimo, fuera del barrido de la puerta, y sin ningún desnivel en el encuentro con el piso (OGUC, artículo 4.1.7, numeral 2). |
| Ancho mínimo | El de la vía de evacuación que enfrenta o de la que forma parte; 0,90 m como mínimo si no pertenece a esas vías (OGUC, artículo 4.1.7, numeral 2). |
| Pasamanos | En ambos costados si la rampa mide más de 1,50 m: continuos, a 0,95 m y a 0,70 m, prolongados 0,20 m a la entrada y a la salida; hasta 1,50 m, una solera o resalte de borde de 0,10 m o una baranda de 0,95 m (OGUC, artículo 4.1.7, numeral 2). |
Perú: Norma Técnica A.120
| Requisito | Qué dice la norma |
|---|---|
| Pendiente máxima | 10 % para una diferencia de nivel de hasta 0,30 m; 8 % de 0,31 m a 0,72 m; pendiente transversal de menos del 2 % (Norma A.120, artículo 6). |
| Tramos y descansos | Una rampa mide 9,00 m de largo como máximo, seguida de un descanso de 1,50 m (Norma A.120, artículo 6). |
| Al principio y al final | El inicio y el final son planos y horizontales; los descansos dejan un espacio de maniobra de 1,50 × 1,50 m si el aforo pasa de 500 personas, o de 1,20 m de diámetro si es menor; y al inicio y al final hay señalización podotáctil de alerta (Norma A.120, artículo 6). |
| Ancho mínimo | 1,00 m como mínimo, incluidos los pasamanos y las barandas (Norma A.120, artículo 6). |
| Pasamanos | Doble pasamanos, uno a 0,85–0,90 m y otro 0,25 m más abajo, continuos y prolongados 0,20 m al inicio y al final (Norma A.120, artículo 7); si la rampa mide más de 3,00 m, parapetos o barandas en los lados libres (Norma A.120, artículo 6). |
EE. UU.: 2010 ADA Standards
| Requisito | Qué dice la norma |
|---|---|
| Pendiente máxima | 1:12 como máximo en cada tramo (Normas ADA de 2010, 405.2); transversal, 1:48 (Normas ADA de 2010, 405.3). En edificios existentes sin espacio: hasta 1:10 para un desnivel de 6 pulgadas (150 mm) y hasta 1:8 para 3 pulgadas (75 mm); nunca más de 1:8 (Normas ADA de 2010, tabla 405.2). |
| Tramos y descansos | Cada tramo sube 30 pulgadas (760 mm) como máximo, y hay un descanso al principio y al final de cada tramo, de 60 pulgadas (1525 mm) de largo como mínimo y tan ancho como el tramo más ancho (Normas ADA de 2010, 405.6 y 405.7). |
| Al principio y al final | Un descanso de 60 pulgadas (1525 mm) de largo abajo y arriba; donde la rampa cambia de dirección, de 60 × 60 pulgadas (1525 × 1525 mm) (Normas ADA de 2010, 405.7.3 y 405.7.4). |
| Ancho mínimo | 36 pulgadas (915 mm) libres como mínimo, medidas entre los pasamanos si los hay (Normas ADA de 2010, 405.5). |
| Pasamanos | En los tramos que suben más de 6 pulgadas (150 mm) (Normas ADA de 2010, 405.8), en ambos lados (Normas ADA de 2010, 505.2), con la parte de arriba a 34–38 pulgadas (865–965 mm) (Normas ADA de 2010, 505.4) y prolongados 12 pulgadas (305 mm) arriba y abajo (Normas ADA de 2010, 505.10.1). |
Preguntas frecuentes
¿Cuánto debe medir una rampa para un escalón de 15 cm?
Depende de la norma. En los edificios de España, 1,50 m al 10 % (CTE DB SUA, SUA 1, 4.3.1); en Argentina, 1,50 m si es exterior y 1,20 m si es interior (Decreto 914/1997, A.1.4.2.2.1 y A.1.4.2.2.2); en Chile, 1,25 m al 12 % (OGUC, artículo 4.1.7); en Perú, 1,50 m al 10 % (Norma A.120, artículo 6); en EE. UU., 1,80 m a 1:12 (Normas ADA de 2010, 405.2).
¿Cómo se usa la calculadora de rampa?
Escribe la altura a salvar, el desnivel entre el piso de abajo y el de arriba; elige centímetros o pulgadas y la norma, y pulsa Calcular. La respuesta trae el largo mínimo, la pendiente máxima, cuántos tramos y descansos, el ancho mínimo y si lleva pasamanos, cada cifra con el artículo del que sale. Qué pide cada norma y por qué está en la guía de la rampa para discapacitados.
¿Qué largo necesito para salvar 60 cm?
A esa altura casi todas las normas piden más de un tramo o una pendiente más suave. En los edificios de España, 9,00 m en 2 tramos al 8 % con una meseta entre ellos (CTE DB SUA, SUA 1, 4.3.1 a 4.3.3); en Chile, 6,39 m en un tramo al 9,39 %, según la fórmula de la OGUC (OGUC, artículo 4.1.7); en Perú, 7,50 m al 8 % (Norma A.120, artículo 6); en EE. UU., 7,20 m a 1:12 (Normas ADA de 2010, 405.2).
¿Y si la rampa no me entra?
Prueba con tramos que cambien de dirección: el largo es el mismo, pero ocupa menos fondo; en España, la meseta del giro no puede ser más angosta que la rampa (CTE DB SUA, SUA 1, 4.3.3). Si tampoco entra, en un itinerario accesible de España el desnivel también se puede salvar con un ascensor accesible (CTE DB SUA, anejo A), y en los edificios existentes donde cumplir no es viable, el CTE admite soluciones alternativas, como dispositivos mecánicos (CTE DB SUA, Introducción, III). En Perú, la rampa se puede reemplazar por medios mecánicos (Norma A.120, artículo 6). La calculadora da la cifra de la norma; la solución de tu obra la decide el profesional a cargo.
¿Puedo calcular en pulgadas?
Sí: cambia la unidad. Las normas de España, Argentina, Chile y Perú están en metros, y la de EE. UU. en pulgadas, así que la calculadora cuenta cada una en su unidad y pasa de una a otra con 1 pulgada = 25,4 mm. Cada largo sale en los dos sistemas, redondeado hacia arriba al centímetro y a la décima de pulgada, porque son mínimos.
¿Puedo comparar las normas de varios países?
Sí: deja la altura y cambia la norma. El menú tiene la de España (CTE), la de Argentina para rampas interiores y exteriores, la de Chile (OGUC), la de Perú (A.120) y la de EE. UU. (ADA) para obras nuevas y para edificios existentes. La tabla «Cuánto mide una rampa según la altura» compara seis alturas frecuentes, y más abajo está la norma de cada país en una tabla.
¿El largo que da la calculadora incluye los descansos?
Incluye los descansos entre tramos, porque forman parte de la rampa. No incluye el espacio plano del principio y del final, que cada norma pide aparte: el resultado lo muestra en «Al principio y al final», con su medida.
¿Cuánto mide una rampa para subir un metro?
Mucho: en los edificios de España, 14,50 m en 4 tramos al 10 % con sus mesetas; en Chile, 14,00 m en 2 tramos al 8 %; en Perú, 14,00 m en 2 tramos al 8 %; en Argentina, 24,50 m si es exterior, en 4 tramos al 5 %; en EE. UU., 13,53 m en 2 tramos a 1:12. Para alturas así, en España el desnivel también se puede salvar con un ascensor accesible (CTE DB SUA, anejo A), y en Perú la rampa se puede reemplazar por medios mecánicos (Norma A.120, artículo 6).
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- Rampa para discapacitados: pendiente máxima, ancho, descansos y pasamanos de una rampa accesible, por país.
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Fuentes
Cada cifra de esta guía sale de uno de estos textos oficiales, que leímos en octubre de 2026.
- 2010 ADA Standards for Accessible Design. U.S. Department of Justice, publicadas el 15 de septiembre de 2010; obligatorias en obras nuevas desde el 15 de marzo de 2012.
- Código Técnico de la Edificación, Documento Básico SUA (Seguridad de utilización y accesibilidad). Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (España), versión con las modificaciones del Real Decreto 450/2022.
- Documento Básico SUA con comentarios del Ministerio. Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana (España), articulado del 14 de junio de 2022, comentarios del 15 de julio de 2024.
- Decreto 914/1997, reglamentación de los artículos 20, 21 y 22 de la Ley 22.431 (modificados por la Ley 24.314). Presidencia de la Nación (Argentina), texto original de 1997.
- Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), Decreto 47 de 1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, última versión, vigente desde el 2 de octubre de 2026.
- Norma Técnica A.120 «Accesibilidad universal en edificaciones» del Reglamento Nacional de Edificaciones. Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (Perú), Resolución Ministerial 075-2023-VIVIENDA, El Peruano, 17 de febrero de 2023.
- Decreto 1538 de 2005, accesibilidad al medio físico (compilado en el Decreto 1077 de 2015). Diario Oficial 45.913 (Colombia), en el normograma del Ministerio TIC, 17 de mayo de 2005.
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