Braillito Maps · Guías de accesibilidad

Plataforma salvaescaleras y plataforma elevadora vertical: cuándo se admiten y qué piden

Una plataforma salvaescaleras sube a una persona en silla de ruedas por encima de la escalera, siguiendo su recorrido; una plataforma elevadora vertical la sube en línea recta, como un ascensor pequeño. En España, el Código Técnico pide rampa o ascensor para salvar un desnivel en un itinerario accesible (CTE DB SUA, anejo A, itinerario accesible), y en los edificios existentes donde eso no es viable admite soluciones con dispositivos mecánicos (CTE DB SUA, introducción, III, nota 1). El documento de apoyo del Ministerio para esos edificios dice en qué orden se eligen, qué tamaño tiene cada plataforma y qué seguridad piden (DA DB-SUA/2, anejo A). Aquí está todo, con el apartado de cada cifra, y lo que piden Chile y Perú.

Esta guía resume las normas citadas; no es asesoría legal. Para una obra o un reclamo, la referencia es el texto oficial vigente y la normativa de tu ciudad.

Plataforma vertical, plataforma inclinada y silla salvaescaleras

En la calle se llama salvaescaleras a casi cualquier aparato que sube a alguien por una escalera. El documento de apoyo separa tres cosas, y la diferencia decide si sirven o no para una persona en silla de ruedas:

  • Plataforma elevadora vertical. Una plataforma que sube y baja en vertical, sin cabina cerrada del todo. La persona entra con su silla y, si la plataforma es grande, con un acompañante. Se construye según la Directiva 2006/42/CE de máquinas y la norma EN 81-41 (DA DB-SUA/2, anejo A, A.2).
  • Plataforma elevadora inclinada, o salvaescaleras. Una plataforma que va por la escalera, siguiendo su trazado, y que queda plegada cuando no se usa. Lleva a una sola persona, en su silla; puede tener un asiento plegable para otros usuarios. Se construye según la Directiva de máquinas y la norma UNE-EN 81-40 (DA DB-SUA/2, anejo A, A.3).
  • Silla salvaescaleras. Un asiento que va por la escalera, sin plataforma: quien usa silla de ruedas tiene que pasarse a ella. Por eso, junto con las orugas motorizadas, el documento de apoyo dice que no permite el uso autónomo y que no cuenta como una adecuación efectiva de la accesibilidad (DA DB-SUA/2, anejo A, A.1).

Ninguna de las tres es un ascensor accesible. Algunas plataformas verticales pueden contar como «ascensores» según su propia reglamentación, pero eso no las vuelve ascensor accesible: para eso tendrían que cumplir la UNE-EN 81-70 y lo que pide el anejo A del DB SUA. Además, una plataforma puede ir más despacio que un ascensor y moverse solo mientras mantienes apretado el botón, en lugar de ir sola (DA DB-SUA/2, anejo A, A.1, nota 2). El Código Técnico deja las condiciones del aparato a su propia reglamentación de productos industriales, y solo agrega medidas cuando hace falta (DB SUA con comentarios del Ministerio, introducción, II, comentario «Aplicación del DB SUA a escaleras mecánicas, ascensores accesibles, plataformas elevadoras verticales, etc.»).

Cuándo admite la normativa española una plataforma en vez de rampa o ascensor

En obra nueva, el itinerario accesible salva los desniveles con una rampa accesible o un ascensor accesible, y no admite escalones (CTE DB SUA, anejo A, itinerario accesible). Los edificios de viviendas que tienen que salvar más de dos plantas desde una entrada accesible, o con más de 12 viviendas en plantas sin entrada accesible, y los de otros usos que salvan más de dos plantas o tienen más de 200 m² útiles en plantas sin entrada accesible, llevan ascensor accesible o rampa accesible (CTE DB SUA, SUA 9, 1.1.2). La plataforma no está entre las dos opciones.

En un edificio existente, cuando aplicar el DB no es técnica o económicamente viable, o choca con su grado de protección, se pueden usar las soluciones alternativas que más se acerquen a sus condiciones (CTE DB SUA, introducción, III), y una nota aclara que en los edificios existentes esas soluciones pueden basarse en elementos y dispositivos mecánicos que cumplan la misma función (CTE DB SUA, introducción, III, nota 1). Para el documento de apoyo, un edificio o establecimiento es existente si su licencia de obras se pidió antes del 12 de septiembre de 2010; los posteriores ya tenían que cumplir del todo (DA DB-SUA/2, apartado 1).

El DA DB-SUA/2 es el documento de apoyo del Ministerio con los criterios para aplicar esa flexibilidad: su objeto, dice, es dar criterios de flexibilidad para adecuar los edificios existentes (DA DB-SUA/2, apartado 1). Es un documento aparte del DB, no uno de sus artículos. Si el proyectista justifica que ni sus tolerancias son viables, o que chocan con la naturaleza de la obra o con la protección del edificio, puede aplicar otras medidas bajo su criterio y responsabilidad, y el propio documento dice que puede haber soluciones distintas de las suyas (DA DB-SUA/2, apartado 2).

Para el acceso y los desniveles de hasta una planta, el documento de apoyo fija un orden (DA DB-SUA/2, anejo A, A.1):

Orden de las soluciones para adecuar el acceso de un edificio existente, según el anejo A del DA DB-SUA/2.
Orden Solución Cuándo Fuente
1 Llevar el acceso adonde el desnivel con la calle es menor o, si hay un ascensor que no llega a la calle por un itinerario accesible, cambiar su cota de desembarco es la solución preferente DA DB-SUA/2, anejo A, A.1
2 Una rampa según el DB SUA o, al menos, con las tolerancias de la tabla 2 si la solución a nivel no es posible DA DB-SUA/2, anejo A, A.1; DA DB-SUA/2, apartado 3, tabla 2
3 Plataforma elevadora vertical primera opción alternativa, si se justifica que las soluciones fijas no son viables DA DB-SUA/2, anejo A, A.1
4 Plataforma elevadora inclinada (salvaescaleras) segunda opción alternativa, en circunstancias excepcionales, y siempre que no choque con la evacuación ni con el uso de la escalera DA DB-SUA/2, anejo A, A.1

Las tolerancias de la rampa, el paso 2, ya amplían mucho lo que cabe: rampas de hasta 3 m con el 12 % de pendiente, de hasta 10 m con el 10 %, de hasta 15 m con el 8 %, o con el 6 % sin límite de largo, y 0,90 m de ancho libre como mínimo (DA DB-SUA/2, apartado 3, tabla 2, SUA 1-4.3.1 y SUA 1-4.3.2). Antes de pensar en una plataforma conviene calcular si la rampa entra: la calculadora de rampa accesible da el largo según la altura, con las pendientes de obra nueva que están en la guía de rampas para discapacitados.

Las dos plataformas son apropiadas para desniveles pequeños, no mayores de una planta, como el acceso a un local o el portal de un edificio de viviendas, y donde no pasa mucha gente, porque dan menos autonomía, van más lento, son menos fiables, tienen más riesgo y son más difíciles de usar que una rampa o un ascensor (DA DB-SUA/2, anejo A, A.1). Sea cual sea el aparato, siempre queda una escalera como recorrido alternativo (DA DB-SUA/2, anejo A, A.1).

Si dentro de la parcela no hay lugar, se puede plantear en la vía pública, cuando se aplica el supuesto de ocupación de la vía pública de la Ley de Suelo y sin crear riesgos para los demás peatones (DA DB-SUA/2, anejo A, A.1). En ningún caso las obras en la fachada, como una plataforma o una rampa, pueden empeorar el acceso de los bomberos al edificio (DA DB-SUA/2, anejo B, B.4.2).

Plataforma elevadora vertical: medidas y seguridad

Medidas mínimas de la plataforma elevadora vertical, libres del barrido de las puertas, según la tabla A.1 del DA DB-SUA/2.
Puertas Plataforma (ancho × fondo) Carga mínima de cálculo Para quién Fuente
Adyacentes, en ángulo 125 × 125 cm o 110 × 140 cm 250 kg/m² y al menos 385 kg silla manual o eléctrica de tipo A o B, con acompañante DA DB-SUA/2, anejo A, tabla A.1
Una, o dos enfrentadas, en viviendas sin viviendas accesibles para usuarios de silla de ruedas y en otros usos de menos de 1.000 m² útiles 80 × 125 cm 250 kg/m² y al menos 250 kg silla manual o eléctrica de tipo A, sin acompañante DA DB-SUA/2, anejo A, tabla A.1 y nota 2
Una, o dos enfrentadas, en el resto de los edificios 90 × 140 cm 250 kg/m² y al menos 315 kg silla manual o eléctrica de tipo A o B, con acompañante DA DB-SUA/2, anejo A, tabla A.1 y nota 3

Las sillas de ruedas de la tabla son la manual de la norma EN 12183 y las eléctricas de las clases A o B de la EN 12184 (DA DB-SUA/2, anejo A, tabla A.1, nota 4). Si no cabe una plataforma de esas medidas, se puede poner una más chica, que no sirve para una silla de ruedas pero sí para otras personas con movilidad reducida; en ese caso hay que señalizar que una persona en silla de ruedas no puede usarla (DA DB-SUA/2, anejo A, tabla A.1, nota 1).

  • Sin hueco debajo. La plataforma no deja espacio libre debajo, para que nadie quede aplastado (DA DB-SUA/2, anejo A, A.2).
  • Llegar hasta ella. Un itinerario accesible lleva hasta la plataforma, y lo deseable delante es un círculo de 1,50 m libre de obstáculos y del barrido de la puerta; con menos de 1,20 m no está garantizado que una persona en silla de ruedas la use sola (DA DB-SUA/2, anejo A, A.2 y nota 5).
  • Encontrarla. Una señalización direccional indica dónde está (DA DB-SUA/2, anejo A, A.2).
  • Leerla. En la plataforma figuran sus características, la carga máxima, el tipo de silla que admite, si admite acompañante, y las instrucciones con un esquema en pictogramas (DA DB-SUA/2, anejo A, A.2).
  • Pedir ayuda. Tiene un dispositivo de llamada para recibir asistencia, y al elegirla se tiene en cuenta si habrá personal mientras se use (DA DB-SUA/2, anejo A, A.2).

Plataforma salvaescaleras inclinada: medidas, escalera y evacuación

Medidas mínimas de la plataforma elevadora inclinada (salvaescaleras), según la tabla A.2 del DA DB-SUA/2.
Edificio Plataforma (ancho × fondo) Carga mínima de cálculo Para quién Fuente
Viviendas sin viviendas accesibles para usuarios de silla de ruedas, y otros usos de menos de 1.000 m² útiles 70 × 90 cm 250 kg/m² y al menos 225 kg silla manual o eléctrica de tipo A DA DB-SUA/2, anejo A, tabla A.2 y nota 1
El resto de los edificios 75 × 100 cm 250 kg/m² y al menos 250 kg silla manual o eléctrica de tipo A o B DA DB-SUA/2, anejo A, tabla A.2 y nota 2

La plataforma inclinada va sobre la escalera, así que el documento de apoyo mira tanto a quien la usa como a quien sube a pie. Se instala solo si, desplegada, no impide usar la escalera con seguridad; si, plegada, no reduce el ancho mínimo de la escalera ni el ancho de cálculo de la evacuación; y si hay medios humanos o técnicos para que no estorbe en una emergencia. No sirve para evacuar el edificio (DA DB-SUA/2, anejo A, A.3).

  • 60 cm libres al lado. Desplegada, deja al menos 60 cm libres en la escalera. Si no se puede, se admite que ocupe todo el ancho mientras se usa cuando pasa poca gente, por ejemplo en un edificio de no más de 8 viviendas; cuando hay otro recorrido, como otra escalera señalizada; o cuando el tramo es corto, por ejemplo de no más de 8 peldaños (DA DB-SUA/2, anejo A, A.3).
  • Que se vea y se oiga. Quien va a pie ve el movimiento en todo el recorrido, y la plataforma tiene señales sonoras y luminosas durante todo el trayecto, que se encienden antes de que empiece a moverse, sobre todo donde hay mucho público (DA DB-SUA/2, anejo A, A.3).
  • Uso con llave o con ayuda. Solo es adecuada para personas instruidas en su manejo o donde hay supervisión y asistencia, y sus controles impiden el uso no autorizado, por ejemplo con una llave (DA DB-SUA/2, anejo A, A.3).
  • Nada que golpee. Se tienen en cuenta las partes de la persona o de la silla que sobresalen de la plataforma, sobre todo en las curvas, y los techos bajos del recorrido. Las precauciones para la limpieza y el mantenimiento quedan en el libro del edificio (DA DB-SUA/2, anejo A, A.3).
  • Llegar, encontrarla y leerla. Como la vertical: un itinerario accesible hasta ella, un círculo de 1,50 m deseable delante, señalización direccional y, en la plataforma, la carga máxima, el tipo de silla y las instrucciones con pictogramas (DA DB-SUA/2, anejo A, A.3 y nota 6).

La silla salvaescaleras, aunque no cuente como adecuación, se puede usar en casos muy particulares cuando no hay otra solución, con la conformidad previa de quien la usará, personal instruido en su manejo y sin comprometer la seguridad. Por su parecido con la plataforma inclinada, se le aplican sus condiciones de seguridad y debería cumplir la UNE-EN 81-40 (DA DB-SUA/2, anejo A, A.1 y nota 4).

Vertical o inclinada: la diferencia en una tabla

Plataforma elevadora vertical y plataforma inclinada (salvaescaleras) en edificios existentes de España, según el DA DB-SUA/2.
Qué se compara Vertical Inclinada (salvaescaleras) Fuente
Lugar en el orden primera opción alternativa segunda opción, excepcional DA DB-SUA/2, anejo A, A.1
Plataforma mínima con una puerta 80 × 125 cm o 90 × 140 cm 70 × 90 cm o 75 × 100 cm DA DB-SUA/2, anejo A, tablas A.1 y A.2
Acompañante sí, en las de 90 × 140 cm y en las de puertas en ángulo no: una sola persona DA DB-SUA/2, anejo A, A.2, A.3 y tabla A.1
Escalera va aparte de la escalera va sobre ella, con 60 cm libres o con las excepciones DA DB-SUA/2, anejo A, A.3
Uso con un dispositivo de llamada para pedir asistencia para personas instruidas o con supervisión, con controles que impiden el uso no autorizado DA DB-SUA/2, anejo A, A.2 y A.3
Norma del aparato EN 81-41 UNE-EN 81-40 DA DB-SUA/2, anejo A, A.2 y A.3

Para quien la usa, la diferencia práctica es la independencia. La vertical tiene un sitio propio y, con la plataforma grande, deja ir con alguien; la inclinada comparte la escalera y está pensada para que la use alguien que sabe manejarla o con ayuda. Por eso el documento de apoyo pone primero la vertical.

Si el problema no es un escalón en la entrada sino varias plantas, la solución es un ascensor. Para los edificios de viviendas existentes, el anejo B del mismo documento da la cabina mínima para usuarios de silla de ruedas, 90 × 120 cm con una puerta o dos enfrentadas (DA DB-SUA/2, anejo B, tabla B.1); lo que pide el Código Técnico al ascensor accesible en obra nueva está en la guía del ascensor accesible.

Las cifras de las tablas A.1 y A.2 salen de las normas UNE-EN 81-41 y UNE-EN 81-40, que el documento de apoyo transcribe (DA DB-SUA/2, anejo A, A.2 y A.3); nombra las ediciones de 2011 y 2009 (DA DB-SUA/2, referencias). Esas normas las vende UNE y no las leímos, así que aquí no hay ninguna cifra que salga directo de ellas.

Chile y Perú: qué piden a las plataformas

  • Chile. Las plataformas elevadoras verticales o inclinadas solo cuentan como equipos para salvar desniveles en la ruta accesible de los edificios existentes de uso público, de servicio a la comunidad o colectivos. Las verticales salvan como máximo 1,5 m y llevan arriba una puerta o barrera de 0,90 m de alto como mínimo, que impide caer al nivel de abajo; las inclinadas, como máximo un piso. Los «equipos salvaescaleras», que la OGUC nombra aparte de las plataformas inclinadas, solo salvan un piso dentro de viviendas unifamiliares o de las viviendas de un edificio colectivo; ese límite no es para la plataforma inclinada. Ninguno va a más de 0,15 m por segundo, y se instalan y mantienen según el fabricante y las UNE-EN 81-41 y 81-40 mientras no haya una Norma Chilena oficial (OGUC, artículo 4.1.7, inciso primero y numeral 3).
  • Perú. Las plataformas elevadoras salvan desniveles de hasta 1,50 m y miden 0,80 m de ancho por 1,20 m de fondo como mínimo, con puertas o barreras de 0,85 a 0,90 m de alto arriba y abajo. Frente a la entrada y la salida dejan un espacio de giro de 1,50 × 1,50 m, o de 1,20 m si dan a la ruta accesible sin un cerramiento en el medio. Los controles están al alcance de una persona en silla de ruedas y tienen además otro formato de comunicación, y un elemento de protección impide que alguien entre mientras la plataforma funciona (Norma A.120, artículo 9).
  • En EE. UU., lo que piden las normas ADA de 2010 a las plataformas elevadoras está en la guía en inglés ADA platform lifts.

Qué revisar antes de comprar o de usar una plataforma

Si vas a pedir presupuesto para un portal o un local en España, o vas a un lugar que dice tener una, estas preguntas salen de lo que acabas de leer:

  • ¿Se descartó antes una rampa? En un edificio existente, la plataforma viene después del acceso a nivel y de la rampa con tolerancias, y la inclinada después de la vertical.
  • ¿La plataforma mide al menos lo de su tabla para ese edificio, libre del barrido de las puertas, y admite tu tipo de silla?
  • ¿Delante hay un círculo de 1,50 m, o por lo menos de 1,20 m, sin obstáculos?
  • ¿Lleva escritos la carga máxima, el tipo de silla y las instrucciones con pictogramas?
  • ¿Tiene un dispositivo para pedir asistencia, y hay alguien que responde?
  • Si es inclinada: ¿quedan 60 cm libres en la escalera, avisa con luz y sonido antes de moverse, y quién tiene la llave?
  • ¿Sigue habiendo una escalera para quien prefiere subir a pie?

Las barreras que más se repiten en la entrada de un edificio están en la guía de barreras arquitectónicas, y el resumen de todo el DB SUA, en la guía del CTE DB SUA.

Las plataformas en Braillito Maps

Braillito Maps es un mapa comunitario que describe cada lugar con una lista de diez criterios: rampa o acceso a nivel, puerta ancha, baño adaptado, estacionamiento accesible, piso podotáctil, señalética en braille, menú en braille, señales sonoras, perros guía bienvenidos y ambiente tranquilo. Cada uno se responde con sí o no, o queda sin dato hasta que alguien lo sepa, y el puntaje del lugar es cuántos cumple.

La plataforma salvaescaleras no tiene un criterio propio. Los que más se le acercan son rampa o acceso a nivel, que dice si se puede entrar sin escalones, y puerta ancha, que dice si la entrada deja pasar una silla de ruedas. Una plataforma no es ni una rampa ni un acceso a nivel, y puede estar apagada, sin llave o ser demasiado chica para tu silla: por eso lo más útil es contarlo en la reseña del lugar.

Si estuviste ahí, responde Sí o No solo a lo que viste y deja sin dato lo demás. En la reseña, di si había plataforma, si era vertical o inclinada, si funcionaba, si pudiste usarla solo o hubo que pedir la llave, y si cabía tu silla. Braillito Maps no mide ni certifica que una plataforma cumpla la norma: registra lo que encontró quien estuvo ahí, para que la próxima persona sepa antes de ir. Conoce Braillito Maps.

Preguntas frecuentes

¿Qué es una plataforma salvaescaleras?

Una plataforma elevadora inclinada que sube a una persona en silla de ruedas siguiendo el trazado de la escalera. En España se construye según la Directiva 2006/42/CE de máquinas y la UNE-EN 81-40, y lleva a una sola persona (DA DB-SUA/2, anejo A, A.3).

¿La normativa permite una plataforma salvaescaleras en vez de un ascensor o una rampa?

En obra nueva, el itinerario accesible salva los desniveles con rampa accesible o ascensor accesible (CTE DB SUA, anejo A, itinerario accesible). En un edificio existente, cuando eso no es viable, sí, y el documento de apoyo del Ministerio da el orden: primero se busca el acceso a nivel, después una rampa, después una plataforma vertical, y la inclinada queda como segunda opción alternativa, en circunstancias excepcionales (DA DB-SUA/2, anejo A, A.1).

¿Cuánto mide una plataforma salvaescaleras?

Según el documento de apoyo del Código Técnico, 70 × 90 cm como mínimo en viviendas sin viviendas accesibles para usuarios de silla de ruedas y en otros usos de menos de 1.000 m², y 75 × 100 cm en el resto de los edificios (DA DB-SUA/2, anejo A, tabla A.2). La vertical con una puerta mide 80 × 125 cm o 90 × 140 cm (DA DB-SUA/2, anejo A, tabla A.1).

¿Una silla salvaescaleras sirve para una persona en silla de ruedas?

No como adecuación de la accesibilidad: obliga a pasarse de la silla de ruedas al asiento, así que no permite el uso autónomo. Se puede usar en casos muy particulares, sin otra solución, con la conformidad previa de quien la usa y personal instruido en su manejo (DA DB-SUA/2, anejo A, A.1).

¿Cuánto espacio tiene que dejar libre en la escalera una plataforma salvaescaleras?

Al menos 60 cm cuando está desplegada. Si no se puede, puede ocupar todo el ancho mientras se usa cuando pasa poca gente, por ejemplo en un edificio de no más de 8 viviendas, cuando hay otro recorrido señalizado o cuando el tramo tiene no más de 8 peldaños (DA DB-SUA/2, anejo A, A.3).

¿Qué diferencia hay entre una plataforma elevadora vertical y una inclinada?

La vertical sube en línea recta, aparte de la escalera, y con la plataforma grande admite acompañante; es la primera opción alternativa. La inclinada va sobre la escalera, lleva a una sola persona, es para usuarios instruidos o con supervisión y es la segunda opción, excepcional (DA DB-SUA/2, anejo A, A.1, A.2, A.3 y tabla A.1).

Más guías de accesibilidad

Fuentes

Cada cifra de esta guía sale de uno de estos textos oficiales, que leímos en octubre de 2026.

  1. Documento de Apoyo al DB SUA DA DB-SUA/2, Adecuación efectiva de las condiciones de accesibilidad en edificios existentes. Ministerio de Fomento, Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo (España), versión del 29 de junio de 2018.
  2. Código Técnico de la Edificación, Documento Básico SUA (Seguridad de utilización y accesibilidad). Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (España), versión con las modificaciones del Real Decreto 450/2022.
  3. Documento Básico SUA con comentarios del Ministerio. Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana (España), articulado del 14 de junio de 2022, comentarios del 15 de julio de 2024.
  4. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), Decreto 47 de 1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, última versión, vigente desde el 2 de octubre de 2026.
  5. Norma Técnica A.120 «Accesibilidad universal en edificaciones» del Reglamento Nacional de Edificaciones. Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (Perú), Resolución Ministerial 075-2023-VIVIENDA, El Peruano, 17 de febrero de 2023.

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En Braillito Maps, cada lugar responde diez preguntas. Una es la rampa: si se puede entrar sin escalones, con rampa o a nivel. Lo completan las personas que lo necesitan, y cada lugar queda con un puntaje sobre diez.

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